ADEADA

AYUDA CREACION Y CONSOLIDACION DE EMPRESAS

Fecha de presentacion: 7/14/2022
Descargar documento: 2022_054_01129_C.pdf
Resumen:

OBJETIVO

 

Promover la creación y consolidación de empresas en el municipio de Vitoria-Gasteiz. Pequeñas empresas privadas (menos de 50 trabajadores y volumen de negocios inferior a 10 millones de euros), cualquiera que sea su forma jurídica y que ejerzan una actividad mercantil.

Las empresas solicitantes deberán tener domicilio fiscal y social en el municipio de Vitoria y desarrollar la actividad subvencionable en el mismo.

La empresa no debe estar incluida, entre otros, en los siguientes epígrafes:

 • 64 al 67 Comercio al por menor y servicios de alimentación.

 

¿QUE GASTOS SE SUBVENCIONAN?

 

Será objeto de ayuda la ejecución de proyectos e inversiones realizadas por empresas de reciente creación (Alta en IAE a partir de 1-07-2017) Tendrán la consideración de gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre el 1 de junio de 2021 y el 15 de julio de 2022, ambos inclusive, en los siguientes conceptos:

- Gastos de constitución y puesta en marcha: registro, notaría para la escritura de constitución de sociedad y redacción de estatutos, pacto de socios, asesoría para la creación de la empresa, proyectos técnicos para la obtención de licencia municipal de actividad, estudios de mercado y viabilidad del proyecto.

- Gastos de comunicación: diseño y desarrollo imagen corporativa, creación de Web y redes sociales, siempre que no sean gastos recurrentes.

- Gastos relacionados con el diseño y fabricación de prototipos, así como gastos de protección de la propiedad industrial y nombres comerciales (solicitud de patentes y registro de marcas).

- Gastos derivados de la implantación y certificación de sistemas de gestión de la calidad, gestión ambiental, planes de igualdad, gestión energética, y responsabilidad social, de acuerdo con estándares o normas comúnmente aceptadas.

- Inversiones en elementos de activo fijo nuevo necesarias para la creación y consolidación de la empresa, directamente relacionados con el desarrollo de la actividad empresarial: o instalaciones técnicas específicas para la actividad o maquinaria, utillaje y otros bienes de equipamiento ligados al proyecto. o mobiliario o equipos y aplicaciones informáticas Los proyectos presentados deberán tener una inversión mínima subvencionable de 5.000,00€.

 ¿CUANTO SUBVENCIONAN?

La cuantía de la ayuda será de un porcentaje que oscilará entre el 40% para las solicitudes que reúnan la puntuación máxima y el 20% para las que obtengan la puntuación mínima (50 puntos), hasta un máximo de 8.000€ por empresa y año

 PLAZO DE PRESENTACION

del 15 de Junio de 2022 al 15 de Julio de 2022.