Lanbide-Servicio Vasco de Empleo ha publicado en el BOPV Nº 246 de la convocatoria de ayudas, para el año 2024, destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa Lehen Aukera OBJETO
Establecer las bases y regular
las ayudas a conceder por la contratación de personas jóvenes, en situación
de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos
relacionados con su titulación, por empresas vascas, u otras entidades, para
favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de
experiencia profesional, de la igualdad entre hombres y mujeres y de
consolidar su inserción laboral.
¿QUINES PUEDEN SER BENEFICIARIOS?
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones
por la celebración de contratos
indefinidos así como contratos formativos
para la obtención de la práctica profesional previstas en esta convocatoria
las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as
empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles,
así como las Asociaciones y Fundaciones, que cumplan las condiciones
generales previstas, además de los siguientes requisitos: a) Tener domicilio social y fiscal en la
CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
b) No hallarse participada
directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones
Públicas. c) Haber comunicado a la
Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de
contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato,
tiempo de la contratación y puesto a ocupar. La empresa deberá declarar expresamente en la
solicitud si dispone o no de RLT. Quedan excluidas de la condición de entidad
beneficiaria, en relación con las subvenciones por la celebración de
contratos de trabajo indefinidos o contratos formativos para la obtención de
la práctica profesional, los organismos autónomos y las sociedades públicas,
las asociaciones o entidades dependientes de una o varias Administraciones
Públicas y las empresas de trabajo temporal para empleos de puesta a
disposición.
¿QUE ACTUACIONES SON SUBVENCIONABLES?
Podrán ser objeto de subvención al amparo de
la presente convocatoria los contratos
indefinidos así como los contratos formativos para la obtención de la
práctica profesional de al menos 6 meses de duración, cuyo objeto sea el desempeño
de puestos de trabajo en centros laborales radicados en la CAPV,
celebrados con personas jóvenes
que, a fecha de inicio del contrato cumplan con las condiciones
previstas. Dichos contratos deberán
iniciarse desde el día 29 de diciembre de 2023 hasta el día 31 de octubre de
2024. Los contratos subvencionables al
amparo de esta convocatoria habrán de ajustarse a las previsiones del
Estatuto de los Trabajadores y demás normativa aplicable y deberán reunir en
todo caso los siguientes requisitos: a) La contratación deberá referirse a
puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios o de formación cursados por
la persona contratada. b) Los contratos deberán formalizarse por
escrito haciendo constar expresamente la titulación de la persona
trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, fin del contrato, jornada
laboral y la duración del mismo, así como el puesto de trabajo a desempeñar. c) La remuneración bruta anual deberá
constar en el contrato cuantificada en euros y no podrá ser inferior a las
cuantías establecidas en función de la titulación académica
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Los contratos podrán ser a jornada
completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior al 70% de la jornada laboral
establecida. Para tener la
consideración de subvención, las contrataciones indefinidas o formativas para
la obtención de la práctica profesional deberán suponer creación de empleo
sobre la plantilla media existente en el/los centro/s de trabajo de la empresa
en la Comunidad Autónoma de Euskadi durante el periodo de los 6 meses
inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyos contratos se
subvencionen. A fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un
incremento sobre dicha media.
A
los efectos del cumplimiento de este requisito, no se tendrán en consideración
los contratos que se hayan extinguido por despidos disciplinarios procedentes,
dimisión, muerte, discapacidad, jubilación por edad, reducción voluntaria del
tiempo de trabajo, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de
las personas trabajadoras.
CONTRATACIONES NO SUBVENCIONABLES
a)
La contratación del/la cónyuge, descendientes y demás parientes
que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el
segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el
control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los
órganos de administración de las empresas independientemente de la forma
jurídica que ostenten.
b)
Todos aquellos contratos que pudieran formalizarse vinculados a
actividades acogidas a subvención en cualesquiera de las convocatorias
realizadas por 3 Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o subvencionados en el marco
de las mismas.
REQUISITOS A CUMPLIR POR LA
PERSONA CONTRATADA
Esta convocatoria se dirige a la contratación
de personas jóvenes, mayores de 16 años
y menores de 30 años, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar
inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide y desempleada el
día anterior a la fecha de inicio del contrato.
b) Estar en posesión de alguna de las
titulaciones incluidas en este punto: - Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura
o Máster-Plan Bolonia. - Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica,
Arquitectura Técnica o Grado universitario-Plan Bolonia. - Técnico/a Superior o Medio de Formación
Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo
equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y
Técnico/a Especialista (FP2) - Otras titulaciones oficialmente reconocidas como
equivalentes a las anteriores. -
Certificado de profesionalidad.
c) Tener una experiencia laboral máxima de 6
meses en empleos relacionados con su titulación o certificado profesional.
Inscripción en el Sistema de Garantía Juvenil:
a) En el proceso de selección directamente por
parte de la empresa, regulado en el artículo 7.1.a), las personas jóvenes
contratadas deberán estar inscritas en el Sistema de Garantía Juvenil, de
conformidad con lo establecido en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la
eficiencia, al menos desde el día anterior a la del inicio del contrato.
b) En el proceso de selección que lleve a cabo
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, a través de sus oficinas o entidades
colaboradoras, se dará prioridad a aquellas personas que estén inscritas en el
Sistema de Garantía Juvenil, de conformidad con lo establecido en la Ley
18/2014, de 15 de octubre
Los contratos que se formalicen con personas
jóvenes seleccionadas directamente por parte de la empresa en la que hayan
realizado la Formación Dual, cuando la formación sea para la obtención de un
título de Formación Profesional del sistema educativo, deberán ser contratos
indefinidos o en formativos para la obtención de la práctica profesional de 12
meses. Las personas cuya contratación
en prácticas o formativa para la obtención de la práctica profesional haya sido
subvencionada en cualquiera de las ediciones anteriores del Programa Lehen
Aukera, podrán ser consideradas a los efectos de esta convocatoria únicamente
en la modalidad de contratación indefinida y siempre y cuando el contrato indefinido
sea realizado por una empresa distinta a la que realizó el contrato en
prácticas o formativo para la obtención de la práctica profesional.
PLAZO DE SOLICITUDES
Desde el 29 de diciembre de 2023 hasta el 31 de
octubre de 2024.
"La Organización Empresarial que defiende los valores del taller y de la tienda de recambios
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